El BOE publica las vedas del raor y del verderol para el presente año, quedando reguladas como sigue:
Para el raor queda establecido que en la zona marítima que comprende el perímetro de 6 millas náuticas de distancia a partir de las líneas de base rectas alrededor de Ibiza y Formentera, la prohibición será aplicable entre los días 1 de abril y 31 de agosto, ambos inclusive. Según la Consellería de Pesca del Govern Balear, la cantidad máxima permitida será de 50 piezas por día.
Para el verderol, también conocido como pez limón y que no alcance la talla de 30 cm. se ha establecido que para la misma zona la prohibición será aplicable entre los días 1 de julio y 30 de septiembre.
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Se recomienda a todos los aficionados a la pesca que respeten escrupulosamente estas vedas y que sepan que los servicios de guardapesca vigilan constantemente y ponen fuertes multas.
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